viernes, 27 de junio de 2014

DECRETO NÚMERO 056 DE 2014

Generando conciencia a la comunidad, sin desconocer las buenas conductas de los gachancipeños y evitando situaciones que conduzcan a la alteración pública se decreta en este y los demás municipios de Sabana Centro de Cundinamarca ley seca, en pro de garantizar la convivencia ciudadana a través del:

DECRETO NÚMERO 056 DE 2014

La Alcaldía Municipal en uso de sus atribuciones legales y constitucionales informa a la comunidad que a partir del día sábado 28 de junio desde las 6:00 a.m. hasta el día domingo 29 de junio hasta las 6:00 a.m. se prohíbe la venta y consumo de bebidas embriagantes, debido al partido de la selección Colombia que se realizará el sábado 28 de junio.

Les extendemos una cordial invitación a los comerciantes para apoyar esta medida como manera de responsabilidad y protección hacia los habitantes del municipio, promoviendo tolerancia y respeto.

Es así como queremos que todo trascurra en completa normalidad, de acuerdo a lo establecido en el decreto referido a continuación:

POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS PARA PREVENIR SITUACIONES DE ALTERACION DEL ORDEN PUBLICO EN EL MUNICIPIO DE GACHANCIPA
El Alcalde Municipal de Gachancipá, Cundinamarca en uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, y en especial las conferidas en los artículo 315 de la Constitución Política de Colombia y 29 de la ley 1551 de 2012 y
CONSIDERANDO:
          Que es deber Constitucional y legal del Alcalde como Jefe de Policía y primera autoridad política del Municipio, adoptar las medidas que permitan garantizar el mantenimiento del orden público y la seguridad ciudadana, las cuales deben estar enmarcadas dentro del ordenamiento jurídico que rige el estado Colombiano.
          Que aunque la ciudadanía en general del Municipio de Gachancipá ha tenido un buen comportamiento, no se pueden desconocer las medidas adoptadas a nivel nacional y en especial en el Distrito Capital con la prohibición de consumo de bebidas embriagantes los días en que se desarrollan los partidos por parte de la Selección Colombia y se debe responder por la integridad, los bienes y evitar situaciones de orden público calamitosas que puedan afectar el bienestar de la comunidad.

          Que para prevenir estas situaciones que conduzcan a la alteración del orden público en Consejo de seguridad y conforme a las políticas adoptadas en la Región de Sabana Centro (Municipios de Sopo, Cajicá, Tocancipá, Chía, Zipaquirá. Cogua, Tabio) se adoptó la medida de prohibir en todo el territorio de cada jurisdicción, la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la mañana del día sábado 28 de jumo hasta las seis (6) de la mañana del día domingo 29 de junio de 2014
          Que la Ley 1551 de 2012 en su Artículo 29 establece las funciones de los Alcaldes y entre ellas se encuentra la de dictar medidas para conservar y prevenir la alteración del orden público en el Municipio.

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO: Prohíbase en todo el territorio de jurisdicción del Municipio de Gachancipá, la venta y el consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la mañana del día sábado 28 de junio hasta las seis (6) de la mañana del día domingo 29 de junio de 2014.
PARAGRAFO. Los infractores a lo dispuesto en este artículo, quedarán sujetos a las sanciones que corresponda, conforme a lo previsto en ¡os Códigos Departamental y Nacional de Policía.
ARTICULO SEGUNDO: ORGANISMOS DE SOCORRO A partir de la expedición del presente decreto, los organismos de socorro: Defensa Civil. Bomberos y entidades hospitalarias y de salud, deberán dar aplicabilidad a los planes de Acción y Contingencia previstos, así como decretar, ordenar los estados de alerta en los niveles operativos advertidos de conformidad con lo dispuesto en el presente decreto.
ARTICULO TERCERO: Remítase copia del presente Decreto a la Secretaria de General y de Gobierno del Municipio de Gachancipá y al Comandante de ía Estación de Policía de Gachancipá, para lo de su competencia.
ARTICULO CUARTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Dado en Gachancipá Cundinamarca. En el Despacho del Alcalde, a los veintiséis (26) días del mes de Junio del año dos mil catorce (2.014).


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